un hijo ciudadano puede legalizar a sus padres¿Puede un hijo pedir a sus padres para residencia americana?

Esta una pregunta muy común en nuestra comunidad y la respuesta es afirmativa, los hijos ciudadanos sí pueden legalizar el estatus de sus padres, pero el proceso tiene sus requerimientos y limitaciones.

El ciudadano debe tener 21 años cumplidos

Para que un hijo ciudadano pueda legalizar a sus padres es necesario que haya cumplido los 21 años de edad, este es un requisito imprescindible. Es decir, que los padres de niños o niñas menores, que son ciudadanos estadounidenses y que nacieron en territorio americano, no pueden legalizar su estatus solo por ser sus padres. En caso de que los padres estén fuera de los Estados Unidos tampoco podrán beneficiarse migratoriamente por este motivo.

Si el hijo ciudadano americano ya ha cumplido los 21 años pueden presentarse dos posturas y son las siguientes:

  • Si los padres, al día de hoy se encuentran en condición de indocumentados en el país, pero en algún momento entraron a los Estados Unidos legalmente por un puerto, frontera o aeropuerto, y después de la inspección el oficial de inmigración autorizó la entrada, estampando su pasaporte con sello como admitido o paroled, en este caso, sí pueden legalizar o ajustar su estatus, es decir, obtener la tarjeta de residencia por medio de un hijo.
  • Si los padres se encuentran en condición de indocumentados y al momento de entrar a los Estados Unidos, lo hicieron ilegalmente por la frontera, en el momento en que el hijo ciudadano solicite la legalización de sus padres, se arriesga a que le aprueben o le nieguen un perdón temporal por tener presencia legal en el país, y esperar el tiempo que sea necesario fuera de los Estados Unidos o del país de origen, mientras se lleva a cabo el proceso de perdón, o esperar a que se concluya el castigo entre los 3 y 10 años.

En caso de que los padres que entraron a los Estados Unidos de manera ilegal tengam un hijo ciudadano mayor de 21 años de edad, y deseen aplicar para una tarjeta de residencia, la mejor opción es contar con la asesoría y respaldo de un abogado, para comprender todo lo que suceda dentro del proceso.

En estos momentos estamos a la espera de que la Corte Suprema de Justicia apoye una reforma migratoria que anunció el presidente Barack Obama el 20 de noviembre de 2010, conocida como DAPA, esta reforma protegerá a millones de padres que tienen presencia ilegal y que por su buena conducta y el cumplimiento de los requerimientos obtendrán un permiso de trabajo por 3 años.

Si el hijo ciudadano presta servicio a las Fuerzas Militares de los Estados Unidos.

Si el hijo es militar y presta servicio en la Guardia Nacional o en las Fuerzas Militares de los Estados Unidos, el ciudadano puede legalizar a sus padres por medio del parole in place y, de esta manera, aplicar, adquirir el ajuste de estatus y la tarjeta de residente permanente legal.

Importante

  • Es posible beneficiarse en algunos casos de la protección 245(i), si se tiene alguna solicitud aprobada anteriormente.
  • En caso de que un hijo sea ciudadano, pero haya obtenido la tarjeta de residencia por medio del programa especial para inmigrantes juveniles (SIJ), los padres no podrán aplicar para la residencia o para un ajuste de estatus por medio de sus hijos.

En Quiroga Law Office, PLLC le asesoramos con los trámites de inmigración que usted y su familia necesiten.

No dude en contactarnos, nuestro equipo de abogados tomará su caso y le acompañará durante todo el proceso.

Comuníquese con nosotros al (509) 414-7985.

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