Para saber quiénes no pueden ajustar estatus es necesario saber exactamente qué significa ajustar estatus.

El ajuste de estatus no es otra cosa que un extranjero tenga la posibilidad de adquirir la residencia o Green card sin tener que salir de los Estados Unidos.

Cabe aclarar, el que una persona pueda aplicar a un ajuste de estatus, no significa automáticamente que lo obtenga, todo depende de cada caso particular.

Quienes no pueden ajustar estatus.

1. Aquellos extranjeros que hayan ingresado a Estados Unidos con una visa de tripulación o trabajadores de cruceros, visa conocida como la C1/D.

2. Los extranjeros que entraron al país sin presentarse en un puerto de control, bien sea terrestre, aéreo o marítimo, si usted ingreso sin presentar ningún tipo de papeles a una autoridad migratoria, significa que no fue admitido.

Solo en algunos casos extremos, podrá conseguirse algún tipo de perdón, que permita un reingreso pronto a los Estados Unidos, pero aun con este perdón especial, deberá salir del país, lo cual constituye que no exista un ajuste de estatus.

3. Todo extranjero que haya trabajado sin autorización en Estados Unidos, si de alguna forma el USCIS tiene conocimiento de que se trabajó de forma ilegal, entrara en la categoría de quienes no pueden ajustar estatus.

4. Los extranjeros que entraron con una visa de no inmigrante y se quedaron más tiempo del autorizado, en este caso existen algunas excepciones, por ejemplo, si una persona entro como turista y después de estar más tiempo del permitido se casa con un americano, si es padre o madre, viudo, hijo/a soltero menor de 21 años de ciudadano americano, siempre las excepciones son para familiares cercanos de los ciudadanos, en ningún momento para familiares de residentes.

5. Los extranjeros que ingresaron con una visa de intercambio J1 o J2. Esta visa exige que salgan del país al terminar su intercambio, y no deben volver en menos de 2 años, a no ser que se obtenga un perdón o una excepción.

6. Los extranjeros que ingresaron al USA que pertenecen a un país perteneciente al programa de exención de visas. Despues de 90 días, permanecerán de forma ilegal y entraran en la categoría de quienes no pueden ajustar estatus, la única excepción es igual que en el punto 4, por relación con un ciudadano.

7. Extranjeros con visa de prometido o fiance K-1 y sus beneficiarios, hijos con visa K-2.

Cuando se ingresa de esta forma, se tiene 90 días para casarse con el ciudadano que SOLICITO LA VISA, si el matrimonio no se lleva a cabo en este tiempo con ESA PERSONA, no será posible un ajuste de estatus.

8. Extranjeros que tengan o califiquen por sus profesiones a visas A, E o G, aunque se admiten ciertas excepciones, las exigencias para las mismas son complicadas y dependiendo de cada caso será posible o no, por eso es mejor consultar con un experto en inmigración.

9. Aquellos extranjeros que tengan alguna causal de inadmisibilidad. Aunque lo expuesto anteriormente son causales de inadmisibilidad comunes, existen muchas más, que pueden ir desde DUIs, hasta terrorismo.

Que pasa con quienes no pueden ajustar estatus.

El no poder ajustar el estatus significa que tendrán que salir de Estados Unidos y presentar una entrevista consular en su país de origen, lo cual lo lleva a tener que pagar los gastos para poder salir del país y presentar la entrevista, pero el factor más importante, es que una vez fuera del país, si no se tiene un perdón, antes de salir de USA, al presentar la entrevista le puedan aplicar el castigo de los 3 o 10 años, evitando que pueda volver a ingresar y separándolo de su familia por mucho tiempo.

Si se encuentra en una situación en la que no se puede ajustar el estatus, es muy conveniente que consulte con un abogado de inmigración antes de intentar meter papeles, pues el tramite le puede apartar de su familia.

Que puede hacer quiénes no puede ajustar estatus.

En algunas ocasiones, dependiendo de cada caso, es posible solicitar un perdón o waiver, para saber si es posible aplicar y las posibilidades de obtener estos perdones es necesario la asesoría de un experto abogado de inmigración, pues cada caso es diferente, y es el abogado el que conoce como debe presentarse, que pruebas debe aportar y en qué casos es posible.

En algunos casos, se puede aplicar a un perdón antes de salir del país, el cual, le autoriza el reingreso al poco tiempo de presentar la entrevista consular, sin que sea potestad del agente consular el imponer el castigo de los 3 o 10 años.

En otros casos, se puede solicitar un perdón, pero tendrá que estar un tiempo fuera mientras este es otorgado.

Y en algunos casos, no será posible aplicar a un perdón, y dependiendo de la falta, tendrá que pagar el castigo de tiempo que impone el gobierno americano o en algunos casos mucho más extremos, la causal de inhabilidad no se puede quitar, y simplemente estará prohibida su entrada a Estados Unidos de forma permanente.

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