Los niños que nacen en USA adquieren la ciudadaníaSi los padres son ciudadanos estadounidenses, residentes permanentes legales, personas en condición de indocumentados, turistas, estudiantes o con una visa de trabajo, aunque es una posibilidad latente, se deben tomar precauciones para no tener dificultades más adelante.

Para aplicar a este proceso existe una excepción a la regla y es para los hijos de personas que sean diplomáticos de otros países, que nacen dentro de los Estados Unidos mientras ejercen su trabajo oficial para su país de origen, lo cual es tomado como inmunidad diplomática.

¿Cuál es la base legal para que a los niños que nacen en USA adquieren la ciudadanía?

La reforma 14 de la Constitución dice:

Que todas las personas que nazcan o se naturalicen en los Estados Unidos y estén sujetas a la autoridad, son por derecho, ciudadanas de los Estados Unidos y del estado en el cual residen.

Esta reforma fue aprobada hace algunos años, cuando finalizó la Guerra de Secesión, con el fin de garantizar que los esclavos y sus descendientes pudieran adquirir la ciudadanía.

La Corte Suprema de los Estados Unidos declaró en 1898 mediante una sentencia, conocida como U.S. Wong Kim Ark, que aplica para todas aquellas personas que nazcan dentro de territorio americano, es decir, dentro de Estados Unidos como también si los niños nacen en un territorio que pertenezca a Estados Unidos, como, por ejemplo, Puerto Rico.

Datos para tener en cuenta

Es muy importante tener en cuenta, los siguientes pasos para hacer efectiva la ciudadanía.

  1. Si el bebe nace en los Estados Unidos, debe sacar lo antes posible, el certificado de nacimiento, existen algunos estados, como, por ejemplo, Texas; donde se dificulta el trámite a los padres en condición de indocumentados.
  2. Los niños que nacen en USA adquieren la ciudadanía y tienen derechos sociales, como tener acceso a Medicare, Chip o Wic, así sus padres estén en condición de indocumentados.
  3. Si los padres piensan salir del país con el menor, es importante que saquen el pasaporte americano para el niño.
  4. Tener un bebe en los Estados Unidos con una visa de turista puede ser la causa de que las autoridades migratorias cancelen la visa de los padres, cabe recordar, que el hecho de tener un hijo en territorio estadounidense no les da privilegios migratorios a los padres, por lo menos hasta que el hijo cumpla los 21 años de edad, es posible que ni siquiera cuando el hijo cumpla esa edad pueden ajustar su estatus migratorio, por medio de la petición de un hijo.
  5. Si el niño sale de los Estados Unidos siendo aún un bebe y reside en el exterior, este conserva la nacionalidad americana, inclusive cuando el niño adquiera también la nacionalidad en otro país. Hace algunos años este procedimiento era de otro modo y muchos niños perdieron la nacionalidad estadounidense en estas circunstancias.
  6. Como lo relacionamos anteriormente, es importante que el niño obtenga su pasaporte americano antes de salir del país, ya que cuando quieran regresar a los Estados Unidos, al momento de ir al consulado o embajada americana pueden tener dificultades al momento de solicitarlo, pues le solicitarán documentos adicionales al certificado de nacimiento, que prueben el nacimiento del menor en los Estados Unidos o que correspondan a la persona indicada.

Ciudadanos nacidos en el extranjero.

Si su hijo nace en otro país y usted tiene la nacionalidad americana pude solicitar la ciudadanía para él también, la ley estipula que los niños de padres con ciudadanía americana que han nacido en el extranjero pueden adquirir la misma ciudadanía haciendo una aplicación que se conoce como derecho de sangre.

Existe una ley medianamente actual pues solo acoge a los nacidos a partir del 14 de noviembre de 1986, si se nace antes de este fecha existen otras regulaciones y leyes, segundo, esta Ciudadanía por padres aplica tanto para estadounidenses por nacimiento como para aquellos que adquirieron la ciudadanía mediante la naturalización.

  • En primer lugar, están las diferentes situaciones que se pueden encontrar en la relación matrimonial y el tiempo que se ha vivido dentro de Estados Unidos o alguna de sus provincias. El caso inicial a exponer es cuando los dos padres son ciudadanos americanos y además están casados legalmente al momento del nacimiento del hijo, entonces a éste se le otorga la ciudadanía siempre y cuando al menos uno de ellos haya residido en USA.
  • El segundo caso es cuando uno de los padres es ciudadano y el otro es residente con una unión matrimonial legítima, es necesario haber vivido antes del nacimiento un mínimo de un año consecutivo para gestionar la Ciudadanía por padres.
  • El tercer caso, es cuando un padre es ciudadano y la otra persona es extranjera y además tienen relación matrimonial, el hijo tendrá el derecho a la ciudadanía con la condición de que el padre americano haya vivido cinco años dentro del país siendo dos de estos cuando se era mayor de 14 años.

Por otro lado, está el caso cuando un padre es ciudadano y la otra persona es extranjera y además no tienen relación matrimonial, el hijo podrá obtener la residencia si y solo si, el padre ha residido en EEUU por al menos cinco años, el ciudadano debe comprometerse a apoyar económicamente al hijo, el ciudadano debe legitimar al hijo en el lugar de residencia y ésta haberse hecho antes de que el hijo cumpla 18 años.

En consecuencia, los tiempos de estadía dentro de USA empiezan a jugar un rol importante en este proceso, de hecho, el gobierno es muy estricto ya que no se conceden perdones o “waivers”.

En ese caso, te invito a sintonizar este Live. Aquí te contaremos con mayor detalle los beneficios que podrías conseguir al tener un hijo en los Estados Unidos que pueda pedir por ti. Eso, siempre y cuando tu hijo y tú cumplan con las condiciones de elegibilidad.

 

¿Tu hijo nació aquí en USA? ¿Te gustaría saber si puedes obtener la residencia por medio de él? Quédate en este Live, aquí te explico cuándo un hijo puede pedir a sus padres, los requisitos y la edad. También aclararé una duda con la que me he encontrado varias veces.

 

Nota especial

Los hispanos, aunque somos una minoría en los Estados unidos, somos la más numerosa del país, y la prueba de ello, es demográficamente ya que en un censo realizado se encontró que los apellidos latinos están dentro de los 100 más conocido y concurridos de todo el país.

Este artículo no representa una asesoría legal, únicamente cumple la labor de ser informativo.

En Quiroga Law Office, PLLC, estamos dispuestos a asesorarle en los trámites migratorios que usted y su familia requieren.
No dude en contactarnos, nuestro equipo de abogados tomará su caso y le acompañará durante el proceso.

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